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Quito, 20 de abril de 2012

CS/75

 

 

UNA VEZ CONCLUÍDO EL PROCEDIMIENTO ARBITRAL DEL CASO OXY

PROCURADOR GARCÍA: “EL TRIBUNAL NO HA ESTABLECIDO AÚN RESPONSABILIDADES Y NO HA DETERMINADO MONTOS A PAGAR”

El pasado jueves 12 de abril, se celebró en Londres la última audiencia en el arbitraje iniciado por Occidental Exploration Company en contra del Estado ecuatoriano por la declaratoria de caducidad del contrato para la exploración y explotación del Bloque 15, ocurrida en el año 2006.

Con la celebración de esa audiencia, el tribunal cerró el procedimiento previo a la emisión del laudo que deberá decidir si, pese a haber actuado conforme a la ley y el contrato, Ecuador es responsable internacionalmente por dicha declaratoria de caducidad y, en consecuencia, si a la transnacional le corresponde una indemnización.

A su regreso de esta última audiencia, el doctor Diego García Carrión, Procurador General del Estado, señaló que “tal y como hemos sostenido durante todo el proceso arbitral, el Ecuador no acepta la jurisdicción del tribunal para decidir sobre la demanda de Oxy, por lo que ha reservado todos sus derechos en relación a este punto; tampoco puede aceptar ningún tipo de responsabilidad por la declaratoria de caducidad de ese contrato, en tanto fue dictada de conformidad con el derecho ecuatoriano; tampoco podemos aceptar que se nos imponga una indemnización a favor de la petrolera cuando se ha probado inequívocamente que la compañía violó la ley al ceder parte de sus derechos sin autorización del Ministerio de Energía y Minas”.

Cabe destacar que hasta esta fecha el tribunal arbitral, constituido bajo reglas CIADI, no ha emitido un laudo en que se declare responsable al Estado, ni ha determinado ningún valor a favor de la compañía, por lo que cualquier decisión del tribunal o cualquier cifra que se pretenda consignar a la opinión pública, por más que parta de los cálculos sobre la valoración del Bloque hechos por los peritos a lo largo del proceso, es una especulación. “El tribunal hará su determinación de si existe o no responsabilidad sobre este caso en su laudo final, cuya fecha de emisión es difícil de anticipar, aunque podría conocerse en los siguientes meses”, concluyó el Procurador.

Algunos datos sobre el proceso

En el proceso de este arbitraje, el tribunal a cargo del caso estableció tres etapas procesales: i) jurisdicción, que culminó con una decisión emitida el 9 de septiembre de 2008, mediante la cual se declaró competente para conocer la demanda; ii) responsabilidad, que culminó con la celebración de una audiencia entre el 20 y 21 de marzo de 2009, y que, de acuerdo a lo previsto en el calendario procesal, debía concluir con una decisión del tribunal, hecho que no sucedió; y iii) daños, que culminó el 4 de febrero de 2010 con una audiencia a la que el Ecuador compareció bajo protesto, pues al no haberse dictado una decisión de responsabilidad, era improcedente discutir posibles daños a favor de la compañía.

 

 

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