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BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de noviembre de 2017
UCS/34

 

La Procuraduría General del Estado autorizó la suscripción de acuerdos indemnizatorios con otras 25 víctimas de violaciones de derechos humanos documentadas en el Informe de la Comisión de la Verdad

 

El Director Nacional de Derechos Humanos, por delegación del Procurador General del Estado asistió el día de hoy a la Gobernación del Azuay para suscribir 25 acuerdos indemnizatorios a favor de las víctimas de violación de derechos humanos, documentadas en el Informe Final de la Comisión de la Verdad, dentro de los casos C9, C20, C25, C30, C31, C36, C41, C54, C60, C72, C74, C91, C93, C96; y C116. En los citados casos se documentaron violaciones como: ejecución extrajudicial, tortura, atentado contra la vida, privación ilegal de libertad y violencia sexual.

 

La indemnización comprende los daños materiales e inmateriales que fueron debidamente justificados dentro del proceso de negociación, para el efecto se conformó la Comisión Negociadora integrada por la Ministra de Justicia o su delegado y por la Viceministra de Justicia o su delegado, asistió también la víctima como contraparte en la negociación.

 

Una vez efectuados los pagos determinados en los acuerdos indemnizatorios, las instituciones del Estado correspondientes, según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley para la Reparación de Víctimas, procederán a ejercer el derecho de repetición en contra de los servidores públicos por cuyas acciones u omisiones se determinó la responsabilidad del Estado.

 

 

Antecedentes:

 

A través del Decreto Ejecutivo 305 del 3 de mayo de 2007 se creó la Comisión de la Verdad con el propósito de “investigar y esclarecer e impedir la impunidad respecto de los hechos violentos y violatorios de los derechos humanos, ocurridos entre 1984 y 1988 y otros períodos”.

 

La Comisión de la Verdad presentó, el 7 de junio de 2010, el informe final titulado “Sin verdad no hay justicia”, en el que se documentaron 118 casos y 464 víctimas.El 13 de diciembre de 2013 entró en vigencia la “Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Crímenes de Lesa Humanidad ocurridos entre el 4 de octubre de 1983 y el 31 de diciembre del 2008”.

 

En el artículo 2 de la citada norma el Estado ecuatoriano reconoció su responsabilidad objetiva sobre las violaciones de los derechos humanos documentadas por la Comisión de la Verdad, a su vez, a través de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley, se recogió el principio de reparación integral a partir del cual se buscará la solución que objetiva y simbólicamente restituya a la víctima sus derechos.
 
 
 
Por su parte, el artículo 7 de la citada Ley determinó que en los casos en que haya lugar a indemnización por los daños inmateriales y materiales que se produjeron a consecuencia de las graves violaciones de Derechos Humanos, el Estado ecuatoriano efectivizará el pago de dicha indemnización, ya sea en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo indemnizatorio al que pueden llegar las víctimas con el Ministerio de Justicia, o en cumplimiento de lo ordenado en sentencia ejecutoriada.

 

El 03 de febrero de 2015, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos expidió el “Reglamento de Procedimiento para los Acuerdos Reparatorios, los Montos a Pagarse por Concepto de Indemnización y las Medidas para su Cumplimiento” mediante el cual se dispone (Art. 19) que el Procurador General del Estado intervendrá en el proceso de negociación que se lleve a cabo entre la víctima y el Ministerio de Justicia; y, posteriormente autorizará la suscripción del acuerdo conforme a la Ley. Una vez realizados los pagos se iniciarán las acciones de repetición de los montos erogados por el Estado.

 

El 10 de octubre de 2017, el Procurador General del Estado asistió también a la Presidencia de la República para autorizar la suscripción de 24 acuerdos indemnizatorios para las víctimas de violación de derechos humanos, respecto a 23 víctimas del caso nominado C60 (Cooperativa 10 de enero) y una del caso C25 (Piedad Jarrín y otros), también documentados en el Informe Final de la Comisión de la Verdad como casos de violaciones como: tortura, atentado contra la vida, privación ilegal de libertad y violencia sexual.
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