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NOTA INFORMATIVA

Quito, 06 de junio de 2018

UCS/05

 

Odebrecht: concusión

CARLOS Y JOHN PÓLIT FUERON SENTENCIADOS

 

El día de hoy en la Corte Nacional de Justicia, el tribunal de juicio resolvió dictar sentencia condenatoria en contra de Carlos Pólit Faggioni y John Pólit Esteves, en grado de autor y cómplice de concusión, delito tipificado en el Art. 264 del Código Penal, solicitando la restitución al Estado ecuatoriano de USD 40’400.000, la condena de 6 y 3 años respectivamente, el comiso de bienes acciones y participaciones que mantengan a su nombre a nivel nacional e internacional; y, como medida de satisfacción se ordena la publicación de la sentencia y las disculpas públicas.

La Procuraduría General del Estado actuó como acusador particular en todo el desarrollo del caso, específicamente en la audiencia de juicio junto a la Fiscalía; y, con sustento en las pruebas actuadas en juicio, logró demostrar que el excontralor Carlos Pólit Faggioni abusó de su cargo exigiendo de manera indebida, la entrega de dinero bajo amenaza a la empresa Odebrecht y recibiendo dinero a través de las empresas Cosani y Plastiquim, con la ayuda y colaboración indirecta y secundaria de su hijo John Pólit Esteves, como autor y cómplice del delito de concusión.

COMUNICACIÓN SOCIAL
Teléfono: (02) 2941300 Ext. 2320

 

 

PGE PRESENTÓ ACUSACIÓN PARTICULAR CONTRA CARLOS PÓLIT Y JOHN PÓLIT

 

 

BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 30 de noviembre de 2017
UCS/35

 

Caso Odebrecht: Concusión
PGE PRESENTÓ ACUSACIÓN PARTICULAR CONTRA CARLOS PÓLIT Y JOHN PÓLIT

 

Conforme a los elementos de convicción recabados durante la etapa de instrucción, el día de hoy, la Procuraduría General del Estado presentó ante la Corte Nacional de Justicia, la acusación particular en contra de Carlos Pólit y su hijo, por el delito de concusión.

 

Dentro de la instrucción fiscal No. 40-2017-WTT-lyr, la Fiscalía General del Estado investiga al ex Contralor General del Estado, Carlos Pólit Faggioni, por el delito de concusión, al encontrarse indicios relacionados al pago de gratificaciones económicas exigidas a cambio del levantamiento de las glosas imputadas a Odebrecht, respecto del Proyecto “San Francisco” y por la emisión de informes limpios en los demás contratos adjudicados a la constructora.

 

En relación al desvanecimiento de glosas, el Fiscal General manifestó en la audiencia de formulación de cargos que: "…en el año 2010 el señor doctor Carlos Pólit Faggioni, en su condición de Contralor le solicita al Superintendente de la Compañía Constructora Norberto Odebrecht del Ecuador, señor José Conceição Santos Filho la entrega de seis millones de dólares a cambio de desvanecer esas glosas, a cambio de ese dinero, a cambio de desvanecer más de setenta millones de dólares en glosas emitidas, este dinero se pacta, se exige por parte del doctor Pólit a la Compañía Norberto Odebrecht y se entrega en dinero en efectivo por parte de la Constructora al Dr. Pólit en la Suite 52 ubicado en la Torre A, del Swissotel de la ciudad de Quito, en las calles 12 de Octubre y Cordero, estas exigencias de dinero representaron que esas glosas emitidas por parte del Estado ecuatoriano sean sistemáticamente desvanecidas por y en consecuencia de la entrega de este dinero…"

 

En lo que se refiere a la emisión de informes limpios, el Fiscal General manifestó en la audiencia de formulación de cargos que: "Esa exigencia de entrega de dinero por parte del señor Pólit, se ha extendido en el tiempo, para la emisión de informes favorables a la Constructora Norberto Odebrecht S.A. de parte de la Contraloría General del Estado, y referentes a los proyectos que la empresa ejecutaba en nuestro país, como son los proyectos: Pascuales – Cuenca, Refinería del Pacífico (nivelación de tierras); RDP - Acueducto la Esperanza; Proyecto Hidroeléctrico Manduriacu, Proyecto Daule – Vinces, por los cuales se habría entregado la suma de 4,1 millones de dólares, mediante entregas de dinero en efectivo y transferencias al exterior".

 

La instrucción fiscal concluye el 04 de diciembre de 2017. La Corte Nacional debe proceder a calificar la acusación presentada por la Procuraduría General del Estado y fijar fecha para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, en la que el Fiscal deberá presentar un dictamen acusatorio o abstentivo.

 

Cabe señalar además que el Fiscal General del Estado vinculó al proceso a John Christopher Pólit Esteves, “en su condición de partícipes del delito de concusión previsto en el artículo 264 del Código Penal, tipo que por sus elementos objetivos y subjetivos del tipo se mantiene en el artículo 281 del Código Integral Penal, la condición de su participación más allá de que deberá ser expuesta en forma definitiva al Juez en el momento de la audiencia preparatoria de juicio es en el grado de coautoría (…)”.

 

 

 

COMUNICACIÓN SOCIAL
Teléfono: (02) 2941300 Ext. 2320

 

 

 

 

FÍSCALIA NIEGA EL PEDIDO DE VINCULACIÓN AL CASO PÓLIT

 

BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 07 de noviembre de 2017
UCS/32

 

LA FISCALÍA NIEGA EL PEDIDO DE VINCULACIÓN DEL PROCURADOR SOLICITADO POR LA DEFENSA DE PÓLIT

 



El pasado 31 de octubre y dentro de la instrucción fiscal No. 40-2017-WTT-lyr del proceso penal que corresponde al delito de concusión en el caso del excontralor Carlos Pólit Faggioni, el Fiscal General del Estado dispuso lo siguiente: "f) Agréguese al expediente el escrito presentado por el doctor Carlos Pólit Faggioni. En atención al pedido de vinculación en contra del doctor Diego García Carrión, Procurador General del Estado. Por cuanto de los elementos de convicción acopiados dentro de la instrucción fiscal no existe méritos para vincular al señor Procurador General del Estado, su pedido deviene en improcedente".

 

Previamente, en la etapa de investigación de este proceso penal, el 6 de julio de 2017 el doctor Diego García, Procurador General del Estado había rendido su versión libre y voluntaria de los hechos que conocía al momento de su comparecencia. Posteriormente, el 6 de noviembre el Procurador fue convocado por la FGE para la ampliación de la versión solicitada por Pólit a través de su defensor técnico Hernán Ulloa, la misma que se cumplió sin la presencia de dicho abogado.

 

 

COMUNICACIÓN SOCIAL
Teléfono: (02) 2941300 Ext. 2320

 

 

 

 

CASO ODEBRECHT, PROCESO POR CONCUSIÓN

 

BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 20 de octubre de 2017
UCS/30
 

 

CASO ODEBRECHT, PROCESO POR CONCUSIÓN:
DEFENSA DE EXCONTRALOR PÓLIT INTENTA DESVIAR LA ATENCIÓN EN EL PROCESO DE CONCUSIÓN PLANTEADO EN SU CONTRA

 

En relación a la petición del Dr. Hernán Ulloa Parada de vinculación al proceso por concusión que se sigue contra el excontralor Carlos Pólit, entregada al Fiscal General el día de hoy, viernes 20 de octubre la PGE señala que:

 

La vinculación del excontralor Carlos Pólit en el proceso por concusión realizada por parte del Fiscal General del Estado, en ningún caso está relacionada con el retorno de la empresa brasileña al país, sino con el hecho de haber existido una gratificación económica por el levantamiento de las glosas. Para información de la ciudadanía, el Fiscal General textualmente dijo:
"…en el año 2010 el señor doctor Carlos Pólit Faggioni, en su condición de Contralor le solicita al Superintendente de la Compañía Constructora Norberto Odebrecht del Ecuador, señor José Conceição Santos Filho la entrega de seis millones de dólares a cambio de desvanecer esas glosas, a cambio de ese dinero, a cambio de desvanecer más de setenta millones de dólares en glosas emitidas, este dinero se pacta, se exige por parte del doctor Pólit a la Compañía Norberto Odebrecht y se entrega en dinero en efectivo por parte de la Constructora al Dr. Pólit en la Suit 52 ubicado en la Torre A, del Swissotel de la ciudad de Quito, en las calles 12 de Octubre y Cordero, estas exigencias de dinero representaron que esas glosas emitidas por parte del Estado ecuatoriano sean sistemáticamente desvanecidas por y en consecuencia de la entrega de este dinero…"

 

La defensa del excontralor, doctor Carlos Pólit Faggioni, pretende distraer la atención respecto del delito investigado o está defendiendo a su cliente de un delito diferente al que se persigue. El delito de concusión tiene relación con el abuso de las funciones y la exigencia de gratificaciones no debidas.

 

La autorización para transigir se dio respecto a las controversias suscitadas en relación al contrato para la construcción y puesta en marcha de la central hidroeléctrica San Francisco. Esto no tiene nada que ver con que si Odebrecht salía o no del Ecuador, eso nunca estuvo en discusión en este acuerdo, y tampoco con la suscripción de nuevos contratos. La PGE no tiene la potestad legal para determinar la salida del país de una empresa o su regreso, como consecuencia de un acuerdo transaccional.

 

Para mayor información revisar:

 

La PGE no va a permitir que ningún tipo de presión política, o de los involucrados y sus abogados, le distraiga de su intención de buscar la reparación integral al Estado en contra de quienes sean vinculados por la Fiscalía General del Estado dentro de la instrucción fiscal, en la medida en que los elementos de convicción demuestren su participación en la comisión del delito.

 

La defensa del ex Contralor Carlos Pólit debe enfrentar la grave acusación por el delito de concusión cuya instrucción fiscal inició el día 7 de agosto de 2017 y finalizaría 90 días después, para lo cual la PGE ya está trabajando en la acusación particular a presentarse oportunamente, previo a la fecha de cierre de la instrucción fiscal.

 

 

COMUNICACIÓN SOCIAL
Teléfono: (02) 2941300 Ext. 2321

 

 

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