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5.2 Casos relevantes

5.2.1 Casos Corte Interamericana de Derechos Humanos

5.2.1.1 Caso Aguas Acosta y Otro

El caso se vincula al fallecimiento del señor Aníbal Aguas Acosta mientras se encontraba bajo custodia de dos agentes de la Policía Nacional.

El proceso pasó a conocimiento de la Corte Interamericana el 15 de septiembre de 2021, posteriormente, el 30 de mayo de 2023, el representante de las víctimas y la Procuraduría General del Estado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, acordaron iniciar un proceso de diálogo con la finalidad de alcanzar un acuerdo de solución amistosa.

Finalmente, el 13 de diciembre de 2023, las partes firmaron un Acuerdo de Solución Amistosa respecto a los hechos y derechos alegados como violatorios a los derechos del señor Aníbal Aguas Acosta y su familia, limitando así la decisión del Tribunal Interamericano a fijar las reparaciones correspondientes.

5.2.1.2 Caso Juan José Meza

El caso se relaciona al despido intempestivo del futbolista Juan José Meza de un reconocido club de fútbol profesional del Ecuador, en el año 1991. Los representantes del señor Meza alegaron un retardo injustificado en el proceso judicial laboral que se desarrolló en instancias nacionales, así mismo alegaron que en el ámbito nacional no se pagó al señor Meza la totalidad de la indemnización que le correspondía.

El proceso fue puesto a conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 15 de febrero de 2001. Posteriormente, el 9 de septiembre de 2021 el caso pasó a conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El 21 de diciembre de 2023, el Tribunal Interamericano emitió la sentencia del caso. La sentencia obtuvo 5 votos a favor y 2 votos parcialmente disidentes. La sentencia emitida refleja un logro para el Estado ecuatoriano tanto en términos económicos como de litigio.

Así, la Corte Interamericana no determinó reparación por daño material y con respecto al daño inmaterial, costas y gastos fijó un monto indemnizatorio menor al 2% de las pretensiones de los peticionarios, generando un ahorro al Estado del 98% de lo requerido por los peticionarios. Constituyéndose en la sentencia que menor monto indemnizatorio ha ordenado en contra del Estado ecuatoriano.

En términos de litigio, el voto disidente de dos de las juezas de la Corte Interamericana, recogiendo lo alegado por el Estado ecuatoriano, señaló que a su criterio no existe violación al plazo razonable atribuible al Estado ecuatoriano.

5.2.2 Casos Comisión Interamericana de Derechos Humanos

5.2.2.1 Eva Allan Ramos

El caso se refiere a la responsabilidad del Estado ecuatoriano por la detención de la señora Eva Allan Ramos, quien fue incomunicada y trasladada a un centro de detención provisional acusada de haber participado en un delito de peculado en contra del entonces Ministerio de Bienestar Social del Ecuador en 1984, en la que estuvo detenida sin fórmula de juicio por 22 meses.

En el presente caso, el Estado ecuatoriano, a través del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos y con la asesoría de la Procuraduría General del Estado firmó un Acuerdo de Cumplimiento del Informe de Fondo con el señor Xavier León Vega, situación que puso fin al litigio que se tramitaba ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Los acuerdos mencionados tanto en la Comisión como en la Corte Interamericana de Derechos Humanos cumplen con el principio dispuesto en el Manual de Defensa Jurídica del Estado respecto a la consideración de la necesidad de prevenir la litigiosidad, hecho que significó para el Estado ecuatoriano un fortalecimiento de su imagen institucional como garantista de derechos humanos.

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