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El equipo de defensa jurídica del Estado, encabezado por el Procurador General, doctor Diego García Carrión, comparece a esta audiencia con el objeto de exponer los argumentos jurídicos por los cuales Ecuador considera que el laudo debe ser anulado, debido a que el Tribunal se excedió de manera manifiesta en el ejercicio de sus competencias, sus decisiones fueron tomadas sin motivación o con motivación insuficiente o contradictoria, y se violaron reglas fundamentales del procedimiento.

Esta audiencia se celebra luego de que las partes cumplieran con el calendario procesal determinado por el Comité para la presentación escrita de sus argumentos.

Al referirse a esta audiencia y al proceso de anulación, el Procurador García afirmó que, en su criterio, las razones para anular el laudo son absolutamente claras, más aún cuando la profesora Brigitte Stern –uno de los miembros del Tribunal Arbitral que conoció el proceso– rechazó la decisión de mayoría en su voto disidente (en términos pocas veces vistos en un arbitraje de inversiones) y reveló las gravísimas violaciones en las que incurrió el Tribunal.

Para el abogado del Estado, el Tribunal se extralimitó en sus facultades: (i) al asumir una jurisdicción que no tenía, entre otras razones porque la caducidad no era materia arbitrable y no había sido respetado el periodo de espera de seis meses; (ii) al actuar como amigable componedor aplicando principios de proporcionalidad cuando la ley ecuatoriana no se remite a ellos expresamente y la sanción de la caducidad estaba prevista en la ley y en el contrato; y, (iii) al emitir un laudo contradictorio, por un lado al considerar válido el contrato celebrado por OXY y AEC para efectos de fallar sobre la responsabilidad del Estado, y por el otro al considerarlo inexistente con el propósito de cuantificar la indemnización a cargo del Ecuador en el 100% cuando OXY ya había cedido el 40% de sus derechos.

Frente a estos y otros razonamientos que serán expuestos en la Audiencia, es su opinión que el Comité de Anulación debería aceptar la petición del Ecuador y anular totalmente el laudo.

Antecedentes del proceso

El 5 de octubre de 2012, el Estado ecuatoriano fue notificado con el laudo final del caso OXY, que lo condenó al pago de USD 1.769 millones más intereses, debido a una supuesta violación del Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) suscrito entre Ecuador y los Estados Unidos, a partir de la declaratoria de caducidad del Contrato de Participación para la Exploración y Explotación del Bloque 15, en la Amazonia.

La solicitud de anulación del laudo fue presentada por Ecuador el 9 de octubre de 2012 y registrada el 11 del mismo mes y año por la Secretaria General del CIADI.

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